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sábado, 20 de enero de 2018

El indulto ya no es intocable

http://larepublica.pe/politica/1169828-el-indulto-ya-no-es-intocable
La mitadmasuno
La República
12 de enero 2018
Juan De la Puente
El indulto y derecho de gracia otorgados a Alberto Fujimori ha dado lugar a una batalla política en curso, y a otra legal, que recién empieza. Las vías legales habilitadas se pueden dividir entre las que están en proceso y las menos probables por ahora.
Entre las vías en uso, se tienen: 1) la supranacional, a través de la Corte IDH, que verá el caso el 2 de febrero; 2) la penal, a través del control difuso en el caso Pativilca, que podría ejercer la Sala Penal Nacional. La audiencia será en enero; y 3) la administrativa, a través de la nulidad de los actos administrativos, impugnando el procedimiento en curso, ya planteado el 23 de diciembre por los familiares.
Entre las menos probables por ahora se tienen 4) la constitucional, un proceso de amparo, que se iniciaría en el Poder Judicial y eventualmente podría llegar al Tribunal Constitucional, o un proceso de acción popular contra la resolución que otorga las gracias; 5) la administrativa de revocatoria, con la expedición de una resolución suprema que deroga el indulto, la “ruta Crousillat” en su parte administrativa; y 6) la legislativa, una ley que derogue la resolución de indulto.
Contra la idea del indulto como punto final ha quedado establecido que este caso ya no puede ser abordado solo, desde, y con la Constitución. La tesis de que el indulto es una prerrogativa presidencial a secas, un reduccionismo de sabor monárquico y al mismo tiempo inconstitucional, ha sido superada largamente en el Perú por decisiones administrativas, constitucionales y penales, y por una resolución supranacional que nos concierne directamente. Nuestro indulto no está –o ya no está- cubierto con el manto inexpugnable de la cosa juzgada, sino que ha sido “tocado” por la jurisprudencia constitucional.
La posición del TC respecto del indulto es firme y clara. A propósito del caso Crousillat dice: que el indulto es una facultad presidencial revestida del máximo grado de discrecionalidad; pero eso no significa que se trate de una potestad que puede ser ejercida sin control jurisdiccional y con la más absoluta arbitrariedad ,y que las resoluciones que ponen fin a un proceso judicial y tienen la virtualidad de producir efectos de cosa juzgada –en este caso el decreto del indulto a AF-, pueden ser cuestionadas a través de procesos constitucionales de amparo o hábeas corpus (STC N° 03660-2010-PHC/TC).
Las dos fechas más cercanas atañen a la Corte IDH y a la Sala Penal Nacional. En el primer caso, la audiencia incluye a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a la Corte y a las partes. El artículo 69º del reglamento de la Corte establece que el Estado en cuestión presente un informe, observado por las otras partes. La Corte emite sentencia y otorga al Estado un plazo hasta de un año para remitir un informe sobre el cumplimiento o avances. El IDL considera que la decisión de la Corte será en breve.
La defensa del Estado peruano es todavía una incógnita. Entre sus ejes probables se encuentran: 1) la irrevisabilidad del indulto humanitario por su naturaleza, precisamente, humanitaria; 2) la insistencia de que Fujimori no fue condenado por delitos de lesa humanidad, a pesar de que la sentencia hace alusión a que ellos sí constituyen delitos contra la humanidad en el derecho internacional de los DDHH; y 3) que la competencia de la Corte se reduce a supervisar el procedimiento seguido y que solo puede conocer el cumplimiento de las observaciones anteriores referidas al caso, argumento que se prestaría de la defensa de Fujimori.

Será muy difícil que la Corte se aleje de los parámetros señalados por la CIDH en su pronunciamiento del 28 de diciembre pasado, inclusive si no razonara con su misma intensidad, especialmente en lo siguiente: 1) el indulto debe estar regido por principios constitucionales y normas internacionales de DDHH; 2) este indulto no cumple con los requisitos legales fundamentales, el debido proceso, independencia y transparencia de la junta de médica y técnica; y 3) la medida desconoce el principio de la proporcionalidad entre el perdón de la pena y la gravedad de los delitos de lesa humanidad.

domingo, 13 de septiembre de 2015

Cómo odio a la Corte

La República
La mitadmasuno
03 de julio de 2015
Juan De la Puente
La deformación de la reciente sentencia de la Corte Interamericana de DDHH a cargo de un numeroso grupo de personas que por su función deberían conocer dicho fallo, es decir, políticos, abogados y periodistas, significa menos una falta de información y más una disposición a cuestionar las sentencias de la justicia internacional en materia de libertades.
Escucho deformaciones como que la Corte ha fallado contra el Operativo Chavín de Huántar, que ha ordenado a la justicia peruana abrir un nuevo proceso a los comandos de ese exitoso operativo, que el pago de 30 mil dólares por costes procesales a las ONG que impulsaron el caso es una indemnización encubierta, o que el fallo es una violación de la soberanía nacional.
Si no es falta de información, ¿Dónde reside el problema? En la cultura autoritaria, mayoritaria en el liderazgo político; dicho de otro modo, ese liderazgo tiene un problema con el sistema interamericano de DDHH. Para ser más precisos, tiene un problema con los derechos humanos, o más específicamente si se quiere, con los DDHH vinculados al  período de violencia política que azotó al país más de 20 años.
Esta cultura anti-DDHH no es nueva, estuvo presente desde 1980 y es probable que sus orígenes se remonten siglos atrás. Es una cultura tramposa, como toda cultura autoritaria, que se resiste a exclamar abiertamente que los terroristas no tienen derechos y por lo tanto busca coartadas políticas y procesales, aunque para ello deba mentir y esconder. Es además incoherente: pretende que el Perú sea parte del sistema económico internacional, con la OMC, CIADI y el FMI vinculantes, pero que no sea parte del sistema internacional de justicia.
Lo extraño es que esta no-justicia pretenda hablarnos desde la democracia y en nombre de ella, y se venda como liberal siendo profundamente conservadora. Son ellos los que atacan en el mundo a los DDHH, retrasan el reconocimiento de libertades y se resisten a asumir compromisos en materia de derechos y libertades.
El autoritarismo es una de las expresiones políticas de ese conservadurismo, ese combo en el que caben otras negaciones de derechos, como la mano dura –no necesariamente inteligente– contra el delito. Varios de quienes ahora pontifican contra la Corte intentaron retirar al Perú del ámbito contencioso de este tribunal en los 90, y buscaron dejar en la impunidad los crímenes del grupo Colina con el argumento de que eran patriotas y que “alguien debería hacer el trabajo sucio en la democracia”.
En muchos de los puntos de vista que he leído a propósito de la sentencia de la Corte que reconoce que hubo una ejecución extrajudicial luego del operativo de abril de 1997, se advierte una nostalgia montesinista sobre la necesidad de recurrir a actos oscuros para alumbrar el futuro, un argumento irracional que la Corte y la Comisión Interamericana de DDHH en su momento cuestionaron en fallos y resoluciones.
Apreciados los hechos con objetividad, es entendible ese odio a la justicia penal internacional. Ella ordenó que se juzgue los casos de terrorismo con tribunales ordinarios y no militares, prohibió la actuación de jueces sin rostro y amparó varios casos de los 1,600 detenidos inocentes liberados por recomendación de la Comisión Ad Hoc de Indultos presidida por el Padre Hubert Lanssiers entre 1996 y 1999.
Que no nos vendan gato por liebre; la justicia moderna que termina en los tribunales supranacionales es una construcción moderna y liberal, porque no hay nada más liberal que el acceso a la justicia en condiciones de igualdad, un cambio de fondo respecto de las sociedades donde la desigualdad era un orden natural. Y en la administración de justicia no existe nada más democrático que la justicia supranacional constituida por tratados firmados voluntariamente por los estados, ni nada más enriquecedor de la democracia que los estándares internacionales sobre derechos individuales. Por eso, los autoritarios de derecha e izquierda del continente se hermanan en su odio a la Corte. En este punto todos son seguidores de Hugo Chávez.

viernes, 31 de agosto de 2012

Análisis de coyuntura. Conflictos, CIDH y negacionismo.

http://play.tuteve.tv/videogaleria/programa/93996/2012-08-31-31082012

Compaerto mis opiniones en la entrevista con Patricia del Rio de +Quenotivias, el programa que conduce en tuteve, hoy 31 de agosto.